Calculadora de compensación de vuelos

Comprueba a qué tienes derecho

Podrías tener derecho a

250 €

Por pasajero, según el Reglamento (CE) 261/2004.

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Las normas europeas se aplican a las salidas desde la UE, Islandia, Noruega y Suiza, y a las llegadas a estos países con una aerolínea de la UE. Ejemplos de distancia: Madrid–Roma corto, Madrid–Atenas medio, Madrid–Nueva York largo. Orientativo, no constituye asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes sobre la compensación

¿Qué compensación me corresponde por un vuelo retrasado?

250 €, 400 € o 600 € por pasajero, según la distancia: hasta 1.500 km son 250 €, entre 1.500 y 3.500 km son 400 €, y más de 3.500 km son 600 €. En los vuelos más largos, el importe baja a 300 € si llegaste con entre tres y cuatro horas de retraso.

¿Qué vuelos cubren las normas europeas?

Cualquier vuelo que salga de un aeropuerto de la UE, sea cual sea la aerolínea, y los vuelos con destino a la UE operados por una aerolínea de la UE. Se incluyen Islandia, Noruega y Suiza. La compensación es por pasajero, no por reserva, y el precio del billete no influye.

¿Cuánto retraso hace falta?

Tres horas o más, medidas al abrir las puertas del avión en el destino final, no el retraso en la salida. Un vuelo que sale con cuatro horas de retraso pero recupera tiempo en el aire puede no dar derecho a compensación.

¿Cuándo no tiene que pagar la aerolínea?

Ante circunstancias extraordinarias. El mal tiempo, las huelgas de controladores aéreos, las alertas de seguridad y los cierres de aeropuerto eximen a la aerolínea de pagar. Las averías técnicas, la falta de personal y el overbooking no: son responsabilidad suya, y son las causas más frecuentes.

¿Y si me cancelaron el vuelo?

Se aplican los mismos importes si la aerolínea te avisó con menos de 14 días de antelación. Además tienes derecho al reembolso o a un transporte alternativo, sumado a la compensación, no en su lugar.

¿Siguen vigentes estas normas tras la reforma de 2026?

Sí. La reforma aprobada en junio de 2026 no cambió ni los importes ni el umbral de tres horas. El cambio principal afecta al equipaje de mano: la tarifa básica deberá incluir un bulto de cabina gratuito, pero esa parte solo se aplica a partir de 2027.

¿Qué pasa con los vuelos desde y hacia el Reino Unido?

Se aplican normas casi idénticas según la ley británica, con importes de 220, 350 y 520 libras en lugar de euros. Los tramos de distancia y el umbral de tres horas son los mismos.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Cinco años en España. Es el plazo de prescripción del artículo 1964.2 del Código Civil para las acciones personales, y cuenta desde la fecha del vuelo. No se aplica el plazo de dos años del Convenio de Montreal, que rige otras reclamaciones, como los daños adicionales. En el resto de Europa, cada país fija su plazo, de dos a seis años.

¿Un vale o una comida gratis anulan mi derecho?

No. Comidas, bebidas, llamadas y hotel forman parte de la asistencia que la aerolínea te debe de todos modos en un retraso largo. Un vale comercial tampoco sustituye la compensación, salvo que hayas firmado un documento que lo acepte como liquidación total. Lee bien antes de firmar.

¿Cuesta algo reclamar?

No, si lo haces tú. Escribir a la aerolínea es gratis, y los organismos nacionales, como la AESA en España, tramitan las reclamaciones sin coste. Las empresas especializadas se quedan una parte de la compensación, normalmente entre el 25 y el 35 %, a cambio de la gestión y el riesgo.

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